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Morosidad y desahucios

Impago de alquiler: qué hacer desde el primer recibo devuelto hasta el desahucio

Un impago se gestiona mejor el día 3 que el día 90. Te contamos los pasos que marca la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que cambió con la Ley de vivienda y con el Real Decreto-ley 29/2026, y cómo FixrOS te avisa del primer recibo devuelto y prepara el expediente para el abogado.

  • Morosidad desde el primer día
  • Certificados de deuda
  • Expediente de desahucio
El problema

Por qué un impago se complica cuando se detecta tarde.

Casi nunca falla la ley: falla el tiempo. Lo que pasa en las primeras semanas decide si el caso se arregla con una llamada o acaba en el juzgado.

Se descubre en la conciliación

El recibo devuelto aparece días después, cuando alguien cuadra el banco a mano.

Nadie deja rastro

Llamadas y promesas de pago que no quedan escritas y luego no se pueden demostrar.

El propietario se entera tarde

Y lo descubre en la liquidación, que es la peor forma de enterarse.

El abogado espera papeles

Contrato, recibos, deuda exacta: reunirlo a mano retrasa la demanda semanas.

Cómo lo hace FixrOS

De la devolución del recibo al expediente para el abogado, sin perder un papel.

Detección

La morosidad aparece el mismo día que el banco devuelve el recibo.

Los recibos se cobran por remesa SEPA y la conexión bancaria concilia cada movimiento. Si un recibo vuelve, pasa a morosidad con su fecha, su importe y el historial del inquilino, y el copiloto te lo señala entre los asuntos del día.

  • Conciliación bancaria de cada recibo
  • Historial de pagos por inquilino
  • Aviso del copiloto con los impagados
Seguimiento

Certificado de deuda y propietario informado, en minutos.

FixrOS emite el certificado de deuda del inquilino con el detalle de cada recibo pendiente. Las comunicaciones al inquilino y al propietario salen desde el mismo sistema, con vista previa antes de enviar, y la deuda se refleja en la liquidación del propietario para que nadie se lleve sorpresas.

  • Certificado de deuda en PDF
  • Comunicaciones con vista previa
  • Deuda visible en la liquidación
Desahucio

El expediente de desahucio, listo para entregar al abogado.

Cuando el propietario decide reclamar, FixrOS reúne en un expediente el contrato, los recibos impagados con sus fechas, el certificado de deuda actualizado y las comunicaciones enviadas al inquilino. El abogado recibe la documentación ordenada y la demanda no espera a que alguien encuentre papeles.

  • Contrato y recibos impagados
  • Deuda actualizada a la fecha
  • Historial de comunicaciones
Paso a paso

Qué hacer ante un impago de alquiler.

Detecta y contacta

El mismo día: llamada, aviso por escrito y propietario informado.

Intenta un acuerdo

Un plan de pago por escrito, si el inquilino quiere y puede pagar.

Requiere de forma fehaciente

Burofax o requerimiento notarial con al menos 30 días antes de demandar.

Demanda de desahucio

Juicio verbal del artículo 250.1.1.º LEC, con abogado y procurador.

Lo que dice la ley

Impago de alquiler y desahucio en España: guía para gestores.

El procedimiento: juicio verbal de desahucio

Las demandas que reclaman rentas impagadas y piden recuperar la vivienda o el local por falta de pago se tramitan por juicio verbal, sea cual sea la cuantía (artículo 250.1.1.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Admitida la demanda, el letrado de la Administración de Justicia requiere al inquilino para que en diez días desaloje, pague o, si quiere enervar, pague todo lo que debe, o se oponga; en el mismo requerimiento se fijan la fecha de la vista y la del lanzamiento (artículo 438.5).

La enervación y el requerimiento fehaciente

El inquilino puede parar el desahucio pagando, dentro del plazo del requerimiento, lo reclamado y lo que deba en ese momento: es la enervación del artículo 22.4 LEC. No cabe si ya enervó una vez antes (salvo que el cobro fallara por causa del arrendador) ni cuando el arrendador le requirió de pago por cualquier medio fehaciente con al menos treinta días de antelación a la demanda y el pago no se hizo antes de presentarla. Por eso el burofax o el requerimiento notarial, con fecha y contenido acreditados, es el paso que más cambia el resultado.

Antes de demandar: el intento de negociación

Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige con carácter general acudir antes a un medio adecuado de solución de controversias para que la demanda civil se admita (artículo 5). El desahucio por impago no figura entre las excepciones del artículo 5.2, y la propia ley admite como tal la negociación directa entre las partes o entre sus abogados. Pregunta al abogado cómo quiere documentarla: a menudo se combina con el requerimiento de pago.

Vivienda habitual, grandes tenedores y vulnerabilidad

La Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda, añadió requisitos a la demanda: debe indicar si el inmueble es la vivienda habitual del ocupante y si el demandante es gran tenedor; si dice que no lo es, debe adjuntar una certificación del Registro de la Propiedad con sus inmuebles (artículo 439.6 LEC). El Tribunal Constitucional anuló otros dos requisitos que añadió esa ley, los de los artículos 439.6.c) y 439.7 (STC 26/2025).

Si se trata de la vivienda habitual del inquilino, el juzgado le informa de que puede acudir a los servicios sociales y comunica de oficio el procedimiento a las administraciones de vivienda y servicios sociales. Si confirman que el hogar es vulnerable, el tribunal puede suspender el proceso hasta dos meses si el demandante es persona física, o cuatro si es persona jurídica (artículos 441.5 y 441.6 LEC).

Lo que cambia el Real Decreto-ley 29/2026

El Real Decreto-ley 29/2026 está en vigor desde el 8 de octubre de 2026 y, a la fecha de esta página, pendiente de convalidación por el Congreso (si no se convalida, decae). Introduce estos cambios, que afectan a los impagos de vivienda:

  • Enervación por la Administración (nuevo artículo 22.6 LEC): si el inquilino acredita vulnerabilidad económica y no se le ofrece alternativa habitacional, la Administración competente debe pagar o consignar la deuda y las costas en un plazo de dos meses, durante el cual se suspende el procedimiento.
  • Suspensión hasta el 31 de diciembre de 2030 de desahucios de personas vulnerables sin alternativa habitacional, con compensación al arrendador persona física a cargo de la Administración. La vulnerabilidad del inquilino no prevalece cuando el arrendador es una persona física con dos viviendas o menos.
  • Procedimientos en curso: la suspensión y la nueva enervación por la Administración también se aplican a las ejecuciones en marcha el 8 de octubre de 2026 en las que aún no se había practicado el lanzamiento (disposición transitoria segunda).
  • Seguros de impago: el arrendador puede contratar su propio seguro, pero ya no puede exigir al inquilino que contrate un seguro de impago u otra cobertura análoga (artículo 36.5 de la Ley de Arrendamientos Urbanos).

Qué puede hacer el gestor

El gestor no lleva el pleito, pero decide cuánto tarda en empezar y con qué pruebas llega. Detectar el impago el primer día, dejar por escrito cada contacto, enviar el requerimiento fehaciente a tiempo y entregar al abogado una deuda exacta y documentada son las cuatro cosas que más acortan un desahucio. Y mantener informado al propietario, que es quien decide si se reclama.

Referencia rápida

Plazos y normas clave del desahucio por impago.

TrámitePlazo o reglaNorma
Requerimiento fehaciente de pagoAl menos 30 días antes de la demanda para impedir la enervaciónArt. 22.4 LEC
Intento de negociación previaRequisito para que se admita la demandaArt. 5 LO 1/2025
Requerimiento del juzgado al inquilino10 días para desalojar, pagar, enervar u oponerseArt. 438.5 LEC
EnervaciónUna sola vez, salvo causa imputable al arrendadorArt. 22.4 LEC
Suspensión por vulnerabilidadHasta 2 meses (persona física) o 4 (persona jurídica)Art. 441.6 LEC
Enervación por la Administración2 meses para pagar o consignarArt. 22.6 LEC (RDL 29/2026)

LEC: Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. Las medidas del RDL 29/2026 dependen de su convalidación por el Congreso.

Preguntas frecuentes

Impago de alquiler: preguntas habituales.

¿Qué hacer cuando el inquilino no paga el alquiler?

Contactar enseguida y por escrito, intentar un acuerdo de pago y, si no funciona, enviar un requerimiento fehaciente (burofax o notarial) con al menos 30 días de antelación a la demanda. Después, el abogado presenta la demanda de desahucio por juicio verbal.

¿Qué es enervar el desahucio?

Es pagar todo lo debido dentro del plazo que da el juzgado para que el desahucio no siga y el contrato continúe (artículo 22.4 LEC). Solo se puede hacer una vez y no cabe si el arrendador requirió el pago de forma fehaciente al menos 30 días antes de demandar.

¿Cuántos meses de impago hacen falta para desahuciar?

La ley no fija un mínimo: el impago de una sola renta o cantidad debida permite reclamar por la vía del artículo 250.1.1.º LEC. En la práctica, conviene actuar pronto y con el requerimiento fehaciente enviado.

¿Puedo exigir al inquilino un seguro de impago?

Desde el Real Decreto-ley 29/2026, no: el artículo 36.5 de la LAU prohíbe exigirlo. El propietario sí puede contratar su propio seguro de impago. Ten en cuenta que el decreto está pendiente de convalidación.

¿FixrOS presenta la demanda de desahucio?

No. La demanda la presentan el abogado y el procurador. FixrOS detecta el impago, emite el certificado de deuda y prepara el expediente con el contrato, los recibos impagados y las comunicaciones para que el abogado empiece sin esperas.

¿Cuánto cuesta el módulo Patrimonio?

Depende del tamaño de tu cartera y de los módulos que combines. Te lo explicamos en una demo con tus datos, y puedes probar el módulo 14 días.

Información verificada el 18 de octubre de 2026 con la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (texto consolidado), la Ley Orgánica 1/2025, la STC 26/2025, la Ley 12/2023, la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos y el Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación en esa fecha. No sustituye al asesoramiento de un abogado.

Que ningún impago te pille tarde.

Te enseñamos en 30 minutos cómo FixrOS detecta el primer recibo devuelto y prepara el expediente para el abogado.

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